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Tribunal de Méritos

Criterios de Repactación

Tribunal de Méritos

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE ELIMINACIÓN DE LOS ALUMNOS DE SU CARRERA EN LA PUCV


A.- CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE UN ALUMNO DE SU CARRERA

1.- ¿Cuáles son los motivos académicos por los cuales puedo quedar eliminado de mi carrera?

Según el Reglamento General de Estudios (RGE) son motivos de eliminación:

-       Haber reprobado una (o más) asignatura obligatoria por segunda (o más) oportunidad. (art. 33, RGE)

-      No lograr al término del semestre la tasa mínima de avance, en créditos aprobados, establecido para tu plan de estudios (art. 28, RGE)

-      No aprobar al menos una asignatura obligatoria en el año de ingreso a tu carrera (art. 45, RGE)

-      Haber agotado el número máximo de semestres establecido para completar el plan de estudios de tu carrera (letra “d”, art. 22, RGE)

2.- ¿Qué pasa si es la primera vez que repruebo, en segunda oportunidad, una asignatura obligatoria?

Todo alumno de la Universidad puede invocar el derecho a cursar una asignatura en tercera oportunidad siempre que:

a) la asignatura en cuestión sea  de curso superior (3º semestre en adelante)

b) que sea la primera asignatura que repruebas por segunda oportunidad

c) que sea una asignatura solamente.

Para hacer uso de este derecho tienes un plazo máximo de diez días corridos, contados desde la fecha de término del semestre en que ocurrió la reprobación, para solicitar a tu Unidad Académica que te autorice a cursarla en tercera oportunidad. Si la asignatura en cuestión ha sido reprobada en un examen de recalificación o repetición, el plazo de diez días se entenderá a contar desde la fecha de reprobación de dicho examen.

Si se vence el plazo para elevar esta solicitud debes solicitarla al Tribunal de Mérito.

3.- ¿Qué pasa si repruebo, en segunda oportunidad, una o más asignaturas obligatorias, habiendo perdido el derecho a invocar  una tercera oportunidad?

Todo alumno de la Universidad tiene derecho a elevar una solicitud para cursar en tercera oportunidad una, o más, asignaturas obligatorias. Otorgarla, o no, es una prerrogativa de la Unidad Académica, del Decano de su respectiva Facultad y del Tribunal de Mérito, en este estricto orden de precedencia.

Tienes un plazo máximo de diez días corridos, contados desde la fecha de término del semestre en que ocurrió la reprobación, para solicitar a tu Unidad Académica que te autorice a cursarla(s) en tercera oportunidad. Si la asignatura en cuestión ha sido reprobada en un examen de recalificación o repetición, el plazo de diez días se entenderá a contar desde la fecha de reprobación de dicho examen.

4.- ¿Qué pasa si mi Unidad Académica rechazó mi solicitud para cursar por tercera oportunidad, una o más asignaturas obligatorias?

En este caso, la solicitud se efectúa al Decano de la Facultad respectiva.

IMPORTANTE: en algunas Facultades este proceso es un trámite interno entre el Decanato y la Unidad Académica, de modo que el alumno no debe presentar ninguna solicitud ni antecedente adicional. En otras Facultades, el alumno debe solicitarla. Para esto debes informarte, con antelación, cuál es el procedimiento en tu Facultad, para que actúes en consecuencia.

5.- ¿Qué pasa si el Decano de mi Facultad también rechazó mi solicitud para cursar por tercera oportunidad, una o más asignaturas obligatorias?

Tienes derecho a elevar una nueva solicitud ante el Tribunal de Mérito de la PUCV.

6.- ¿Qué pasa si no alcancé a presentar, dentro del plazo, mi solicitud ante mi Unidad Académica para cursar asignatura(s) por tercera vez?

Tienes derecho a elevar la solicitud ante el Tribunal de Mérito de la PUCV.

7.- ¿En qué situación no me es permitido presentar, a mi Unidad Académica, una solicitud para cursar por tercera oportunidad, una o más asignaturas obligatorias?

Si estás dentro del plazo, siempre puedes solicitar a tu Unidad Académica, que te autorice a cursar en tercera oportunidad una, o más, asignaturas obligatorias.

Algunas Unidades Académicas establecen normas internas respecto del otorgamiento de terceras oportunidades. Así, por ejemplo, algunas sólo conceden a un alumno dos terceras oportunidades en toda su carrera; otras conceden tres, etc. Sin embargo aún cuando un alumno ya haya excedido esas cifras, de todos modos tiene derecho a solicitar nuevas terceras oportunidades ya que si la Unidad Académica rechaza su solicitud, el alumno tiene derecho a que el Decano la revise. Éste puede rechazarla pero, también, puede aceptarla. No necesariamente el Decano aplica las mismas reglas internas que la de las Unidades Académicas que integran la Facultad.

8.- ¿Qué pasa si repruebo por tercera vez, por cuarta vez, o más veces, una o más asignaturas obligatorias?

Dado que esta es una situación muy excepcional, tienes que solicitar la nueva oportunidad al Tribunal de Mérito para que este organismo conozca y resuelva tu solicitud.

9.- ¿Qué pasa si repruebo una, o más, asignaturas por tercera vez y, al mismo tiempo, otra por  cuarta (o más) vez?

Son dos situaciones distintas, por lo que debes solicitar la, o las, terceras oportunidades en tu Unidad Académica; si la respuesta es negativa debes solicitarlas al Decano y si también es negativa solicitarlas al Tribunal.

Separadamente, debes solicitar la cuarta (o más) oportunidad al Tribunal de Mérito y, si es necesario, incluir en esa solicitud las terceras no concedidas en las instancias anteriores.

10.-  ¿Qué pasa si al término del semestre obtengo una tasa de avance de créditos inferior a la establecida en mi currículo?

Serás sancionado con eliminación del currículo respectivo (art. 28 RGE).

Sin perjuicio de lo anterior, tienes derecho a presentar una solicitud para que se te exima de la aplicación de este artículo ante la Dirección de Procesos Docentes (DPD), oficina 1-13, Casa Central PUCV.

La solicitud se realiza mediante un formulario establecido para tal propósito, el cual se puede obtener en la respectiva Unidad Académica, en la DPD, o en su página web (http://dpd.ucv.cl), debes llenar el formulario en conjunto con tu Jefe de Docencia, quien lo debe firmar, timbrar y proponer los créditos a aprobar los siguientes semestre, los plazos se establecen para cada período y se publican en la página web de la DPD y en las Jefaturas de Docencia de las Unidades Académicas.

Si es rechazada esta solicitud puedes  presentarla al  Tribunal de Mérito llenando el formulario respectivo en la DPD.y adjuntando una carta que explique los motivos de tu bajo rendimiento.

11.-  ¿Qué pasa si al término del año de ingreso a mi carrera no aprobé ninguna asignatura obligatoria?

Eres sancionado con la separación de la Universidad conforme  al art. N° 45 del RGE, sin perjuicio de lo cual podrás elevar una solicitud fundada y documentada a la DPD para que te autorice la eliminación de la sanción.

Si la reprobación de todas las asignaturas obligatorias va acompañada de segundas reprobaciones debes elevar una solicitud de eliminación de  la sanción al Tribunal de Mérito, llenando un formulario y adjuntando una carta explicativa de tu situación, lo que debes realizar en la DPD.

12.-  ¿Qué pasa si no he logrado aprobar todas las signaturas de  mi plan de estudios al término del máximo número de semestres establecidos para mi carrera?

Serás sancionado con eliminación del currículo respectivo (art. 28 RGE)

Debes seguir el mismo procedimiento que en el punto 10.-

B.- EL TRIBUNAL DE MÉRITO

13.- ¿Cómo presento mi solicitud ante el Tribunal de Mérito?

Debes presentar una solicitud  en la Secretaría Ejecutiva del Tribunal, ubicada en la Dirección de Procesos Docentes (DPD), Oficina  1-13, Casa Central PUCV.

La solicitud debe ser entregada dentro de los plazos que se fijan para cada período académico, acerca de lo cual el alumno debe informarse con antelación en la propia DPD o en el respectivo sitio WEB.

La presentación debe contener:

a) Un formulario dispuesto para ese efecto que identifica al solicitante

b)  Carta solicitud, de una extensión no mayor a dos páginas tamaño oficio, en la que se expongan los méritos y consideraciones que el estudiante estime pertinente para la revisión de su caso.

c) Documentación que avale las razones expuestas y que sean relevantes para el caso.

IMPORTANTE: los antecedentes, certificados y documentos que el alumno haya entregado antes en su Unidad Académica, o en su Facultad, permanecen allí y no llegan al Tribunal, por lo que si estimas necesario debes traerlos personalmente.

14.- ¿Qué hago cuando debo acudir ante el Tribunal de Mérito por más de una causal de eliminación?

Si debes acudir al Tribunal por varias causales simultáneamente (solicitar terceras oportunidades, cuartas oportunidades, liberación del artículo 28 del RGE, etc.) debes hacer una única solicitud en la que presentes tu caso, argumentos y documentos de respaldo, si los hubiere.

15.- ¿Cuándo verá el Tribunal de Mérito mi solicitud?

Las sesiones se calendarizan en la Dirección de Procesos Docentes y se publican, para información del alumno, en la página web: http://www.dpd.ucv.cl.

Tienes derecho a asistir a la sesión en que el Tribunal conozca tu caso, lo que debes indicar en  el formulario que deberás llenar cuando entregues tu solicitud en la DPD.

16.- ¿Qué pasa si el Tribunal de Mérito rechaza mi solicitud?

Puedes elevar ante el mismo Tribunal un “recurso de reposición”, el que debe ser interpuesto en la Secretaría Ejecutiva del Tribunal de Mérito (DPD) dentro del plazo irrevocable de tres días hábiles contados desde la fecha en que el Tribunal rechazó tu solicitud. Si no presentas el recurso de reposición en el plazo indicado, se mantendrá definitiva e irrevocable la resolución original, no pudiendo ser vista en ningún período posterior.

Esta nueva presentación la debes realizar mediante una carta solicitud, de una extensión no mayor a dos páginas tamaño oficio, debidamente documentada, en la que deberás entregar nueva información y nuevos antecedentes relevantes, y que no fueron considerados en la primera presentación.

17.- ¿Por quién está Integrado el Tribunal de Mérito?

El Tribunal está integrado por diversos representantes. En la convocatoria de una sesión se citan a los siguientes integrantes:

  • Dos representantes del Consejo Superior (derecho a voz y voto).
  • Un representante del Rector (derecho a voz y voto).
  • Un representante de la Facultad a la que pertenece el alumno (derecho a voz y voto).
  • Un representante de la Federación de Estudiantes (derecho a voz y voto).
  • El Secretario Ejecutivo del Tribunal o su representante (derecho a voz).

Sin perjuicio de lo anterior, para el estudio y resolución de las solicitudes, el Tribunal podrá sesionar con la sola asistencia de tres de sus integrantes con derecho a voto, entre los cuales deberá estar el representante de la respectiva Facultad.

Los acuerdos se adoptarán con el voto coincidente de, a lo menos, tres integrantes. Las sesiones y los resultados de las votaciones del Tribunal son secretas y no pueden ser divulgados.

18.- ¿Qué pasa si el Tribunal de Mérito acepta mi solicitud?

Debes concurrir a la DPD para retirar la Resolución respectiva lo que permitirá matricularte en el período o en el período siguiente. Si te matriculas en el período debes hacerlo dentro de los tres días siguientes a la revisión de tu caso por el Tribunal.

o  -  o  -  O  -  o  -  o

(NOTA: este documento fue escrito para orientar a los alumnos que tengan dudas sobe estos temas; no es un reglamento)

Julio, 2010.-

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